Preguntas Frecuentes sobre FATCA

Nota: El contenido de estas Preguntas Frecuentes se brinda como una guía informativa, y no ha de ser interpretado ni utilizado como asesoría legal ni tributaria. Si usted requiriera asesoría especializada, le sugerimos que consulte a un profesional en la materia de interés.

¿Qué es FATCA?

Es la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero (FATCA, por sus siglas en inglés), promulgada en los Estados Unidos de América en marzo del 2010.

De acuerdo con FATCA, y en algunos países, con regulaciones locales vinculadas a FATCA, se requerirá a las instituciones financieras reportar, anualmente, las cuentas sujetas a ser reportadas. Estos reportes serán puestos a disposición de las autoridades fiscales de los EE.UU. (Servicio de Impuestos Internos –IRS, por sus siglas en inglés), ya sea directamente, o a través de organismos de regulación locales.

¿Qué son “cuentas sujetas a ser reportadas”?

  • Una o más Personas de EE.UU .; o
  • Ciertas entidades en las cuales una o más Personas de EE.UU. sean propietarios, o mantengan una participación considerable de control.

Existen diversos criterios que se evaluarán al momento de determinar si una cuenta es sujeta a ser reportada o no.

Nota: Si necesita asesoría para determinar si usted es una Persona de EE.UU. o saber cómo FATCA podría tener efecto sobre sus cuentas, le sugerimos que consulte a un especialista en derecho tributario.

¿Tendrá FATCA algún impacto sobre mis cuentas?

Esto dependerá si se determina que sus “cuentas son sujetas a ser reportadas.” o no. Estimamos que FATCA no tendrá impacto en la gran mayoría de nuestros clientes.

¿Cómo determinarán ustedes si tengo cuentas sujetas a ser reportadas?

·  Cuentas Comerciales (Personas Jurídicas/Morales)

Para la gran mayoría de clientes empresariales u otros tipos de clientes jurídicos o morales, la información existente en nuestros registros será suficiente para determinar qué cuentas no estarán sujetas a ser reportadas.

Si su negocio o entidad es identificado entre aquellos para los cuales estamos en la obligación de obtener

información o documentación adicional, se la estaremos solicitando oportunamente. Luego de revisar la información proporcionada, frente al contexto de las regulaciones aplicables, determinaremos si sus cuentas califican como sujetas a ser reportadas o no.

·  Cuentas Personales (Personas Naturales/Físicas)

Para la mayoría de nuestros clientes de banca personal, la información existente en nuestros registros será suficiente para determinar qué cuentas no estarán sujetas a ser reportadas.

Si la información que nos ha proporcionado indica que sus cuentas pueden ser susceptibles de ser reportadas, le estaremos solicitando mayor información, y posiblemente le solicitemos documentación adicional para determinar si cumple o no con las condiciones de Persona de EE.UU. Luego de revisar la información proporcionada, frente al contexto de las regulaciones aplicables, determinaremos si sus cuentas califican como sujetas a ser reportadas o no.

¿Me pueden asesorar respecto a cómo responder a las preguntas y solicitudes relacionadas con FATCA?

El derecho tributario es un campo altamente especializado. Estamos en capacidad de proporcionarles información genérica sobre FATCA y las regulaciones locales vinculadas a FATCA; sin embargo, estamos impedidos para proporcionar asesoría específica en materia tributaria.

Si requiere asesoría sobre cómo responder a preguntas y solicitudes relacionadas con FATCA, le sugerimos que consulte a un especialista en derecho tributario.

¿Qué es una “Persona de EE.UU.”?

Si requiere asesoría para determinar si usted es considerado una Persona de EE.UU. para efectos de FATCA, le sugerimos que consulte a un especialista en derecho tributario.

Los principales atributos que conllevan a que una persona sea calificada como una Persona de EE.UU., incluyen; pero no se limitan, a:

  • Ser ciudadano de los EE.UU.;
  • Ser un residente legal de los EE.UU.; y/o
  • Estar calificado como una empresa, sucesión o fideicomiso de los EE.UU.

El IRS proporciona mayor información sobre  las  reglas  que  aplican  a  ciudadanos  no- estadounidenses aquí (página en inglés).

https://www.irs.gov/individuals/international-taxpayers/alien-taxation-certain-essential-concepts

Si soy una “Persona de EE.UU.”, ¿cómo me afectará FATCA?

Si usted es una Persona de EE.UU., es posible que le solicitemos completar el formulario W-9 del IRS (Solicitud y Certificación del Número de Identificación del Contribuyente).

Adicionalmente, es posible que se nos requiera reportar al IRS, anualmente, información sobre sus cuentas, ya sea directamente o a través de organismos de regulación locales. Esto no debería tener mayor consecuencia si usted ya viene cumpliendo con sus obligaciones tributarias con el IRS; independientemente, le sugerimos que revise este tema con un especialista en derecho tributario.

¿Cuándo entra en vigencia FATCA?

La ley FATCA, y en algunos países, regulaciones locales vinculadas a FATCA, entrarán en vigencia por etapas, a partir del 1ero de julio de 2014. A partir de ese día, las instituciones financieras deberán:

  • Aplicar los procedimientos actualizados para la apertura de cuentas que les permitan determinar fehacientemente, si sus clientes cumplen o no con las condiciones de Persona de EE.UU., durante el proceso de apertura de cuenta.
  • Revisar las cuentas existentes para identificar aquellas que estén sujetas a ser reportadas.

¿Por qué las instituciones financieras no-estadounidenses están cumpliendo con FATCA?

Aquellas instituciones financieras que estén domiciliadas (operen) en países que firmen acuerdos intergubernamentales con el Departamento del Tesoro de los EE.UU. (IGA, por sus siglas en inglés), se les requerirá cumplir con las regulaciones locales que resulten de la implementación de dichos acuerdos.

Por otro lado, cualquier institución financiera que opte por no cumplir con las regulaciones de FATCA, estará expuesta a un impuesto de retención del 30% aplicable sobre diversos tipos de pagos que tengan origen en los EE.UU., y que estén destinados a sus clientes.

¿Todos los bancos están cumpliendo?

A nivel mundial, la mayoría de instituciones financieras tienen la intención de cumplir con FATCA.

Sin embargo, es posible que en algunos países, las leyes y regulaciones locales no permitan a las instituciones financieras cumplir con FATCA; por otro lado, en aquellos países cuyas leyes y regulaciones no requieran cumplimiento con FATCA, algunas instituciones financieras podrán elegir no cumplir.

¿Es todo esto nuevo?

No. En muchos países, y desde hace ya varios años, las autoridades de impuestos han venido requiriendo

que se les reporte la actividad de ciertas cuentas financieras. Adicionalmente, el intercambio de información transfronterizo ha sido requerido y regulado por años.

En la práctica, FATCA se apoyará en estas estructuras de reportes financieros, simplemente añadiendo nuevos campos de datos a la lista de lo que deba ser reportado.

¿Acaso no necesitan mi consentimiento para compartir mi información?

En aquellos países que hayan firmado un IGA con los EE.UU. en torno a FATCA, el reporte a las autoridades será un requerimiento legal. En países donde estos reportes no sean un requerimiento legal, reportaremos la información de nuestros clientes –únicamente- con su consentimiento expreso y formal.

¿Qué pasa si me rehúso a contestar preguntas relacionadas con FATCA o a completar los formularios relacionados con FATCA?

Si usted eligiera no contestar a los pedidos de información para asistirnos en la determinación de su condición tributaria, las acciones a seguir se ajustarán a la normativa legal y a las regulaciones bancarias y tributarias aplicables.

  • En aquellos países que hayan firmado un IGA con los EE.UU. en torno a FATCA, la legislación local nos requerirá que tratemos sus cuentas como sujetas a ser reportadas.
  • En países que no tengan un IGA con los EE.UU., sujeto a que la regulación local lo permita; se nos requerirá aplicar un impuesto de retención de los EE.UU. del 30% sobre pagos/abonos realizados a sus cuentas y que sean sujetos de retención. Estos fondos serán remitidos al IRS, acompañados de un reporte con información sobre sus cuentas.
  • En algunos países, sujeto a que la regulación local lo permita; es probable que estemos impedidos de seguirle ofreciendo ciertos productos o servicios.

¿FATCA aplica únicamente a cuentas bancarias personales?

No. Las regulaciones de FATCA aplican a diversos tipos de cuentas financieras, por ejemplo: ciertas cuentas comerciales o de negocios, contratos de seguros y cuentas de inversión –entre otros.

Yo tengo una cuenta en dólares estadounidenses; ¿esto significa que mis cuentas serán reportadas al IRS?

No. Por sí misma, la divisa en la que se mantiene una cuenta no tiene efecto directo sobre la determinación en cuanto a si las cuentas estarán sujetas a ser reportadas o no.

¿Cómo se tratan las cuentas conjuntas o mancomunadas bajo FATCA?

Las regulaciones de FATCA tratan a cada titular de cuenta como beneficiario de toda la cuenta. Si uno o más titulares de cuenta son identificados como Personas de EE.UU., a cada uno de estos titulares de cuenta se les asignará el saldo total de la cuenta.

¿Si anteriormente les he proporcionado un formato W-9 (o W-8), me estarán solicitando que proporcione otro adicional?

Cada línea de negocio de Banco Julio estará en la obligación de obtener cierta documentación relacionada con FATCA.

A pesar de nuestro mejor esfuerzo por lograr que este proceso sea lo más sencillo posible para nuestros clientes, cabe la posibilidad que más de una de nuestras líneas de negocio se comunique con usted.

Desde ya, le presentamos nuestras disculpas por cualquier inconveniente que le podamos causar y le agradecemos enormemente por su paciencia.

¿Adónde puedo acudir por más información?

Podrá encontrar mayor información sobre FATCA en el sitio web del IRS.

https://www.irs.gov/es

Exención de Responsabilidad: A pesar que estas respuestas han sido desarrolladas con el debido cuidado, Banco Julio se libera de toda contingencia que pueda resultar a consecuencia de cualquier error o imprecisión en las mismas. Si usted considera que FATCA pueda repercutir en usted, le sugerimos que consulte a un especialista en derecho tributario.

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